La Ley de Bases y Puntos de Partida para la Libertad de los Argentinos y el paquete de medidas fiscales publicadas en el Boletín oficial por el presidente Javier Milei declara la emergencia pública en materia administrativa, económica, financiera y energética por un año.

A través de los Decretos 592 y 593, el Poder Ejecutivo promulgó la ley aprobada por el Congreso que delegó facultades al Poder Ejecutivo para realizar la reforma en el Estado.

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La eliminación del ITI para las Personas Humanas, sucesiones Indivisas y las personas que hacen operaciones inmobiliarias en forma individual rige para las adquisiciones efectuadas antes del 1/1/2018, mientras que las propiedades adquiridos antes de esa fecha no pagarán ningún impuesto al momento de ser vendidos.

La Derogación del ITI es de aplicación total e inmediata

El Colegio de Escribanos de la Ciudad de Buenos Aires emitió un comunicado donde indicó que «la Derogación del ITI es de aplicación total e inmediata».

«Con la publicación de la Ley 27.743 de “Medidas Fiscales Paliativas y Relevantes” o “paquete fiscal” en el Boletín Oficial, se derogó -con vigencia a partir de las 0 horas del día de hoy, lunes 8 de julio de 2024- la Ley 23.905, que regulaba el Impuesto a la Transferencia de Bienes Inmuebles de Personas Físicas y Sucesiones Indivisas», señala el comunicado y aclara que «no hay retroactividad del impuesto cedular para las personas humanas, dado que la reforma de finales de 2017 así lo dispuso».

Los propiedades que fueron vendidos después del 1 de enero de 2018 seguirán tributando el impuesto cedular (15% de Ganancias sobre el resultado de la venta menos el costo actualizado).

La Ley Bases incluye la declaración de la emergencia pública, la reforma del Estado, las privatizaciones de las empresas y sociedades de propiedad total o mayoritaria estatales, entre otras medidas. Se publicó hoy en el Boletín oficial, lo que ya la habilita a entrar en vigencia.

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