En el marco del Acuerdo Reglamentario 1783, el TSJ precisó que “han sido restablecidos y permanecen operativos” los servicios de envío y recepción de correos electrónicos, como así también la visualización de las operaciones para los usuarios de intranet y extranet, incluídos los auxiliares.
No obstante, aclaró que “la posibilidad de carga de operaciones en el sistema se restablecerá de modo progresivo y paulatino”, según la información provista por el Área de Modernización.
Según lo precisado, el Alto Cuerpo declaró inhábil -a los fines procesales y administrativos- el período comprendido entre el 25 y 28 de agosto inclusive para las causas ya iniciadas y que se tramitaban electrónicamente, “manteniendo a su respecto la suspensión de todos los plazos, salvo los actos procesales y administrativos que fueren válidamente cumplidos”.