Los volúmenes capturados que no figuren en el acta o que no se especifique el establecimiento donde serán almacenados y/o procesados, no serán tenidos en cuenta para los cumplimientos del compromiso de descarga y procesamiento en tierra.

Por su parte, las empresas permisionarias deberán informar con 72 horas de anticipación a la fecha de cada procesamiento a realizar, el día, el horario y el establecimiento oficial donde se llevará a cabo.

El subsecretario de Pesca y Acuicultura de la Nación, Carlos Liberman, reconoció que “las medidas se toman siempre en pos de preservar y fomentar el trabajo de las y los argentinos y argentinas».

En este sentido, añadió que se deja sin efecto «el cómputo de las ventas de calamar sin procesamiento al mercado interno y desde ese momento, los permisionarios deben dar efectivo cumplimiento al agregado de valor en origen para cumplimentar sus compromisos».

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