En total busca emitir un crédito por u$s81,5 M en moneda local, según dispuso a través de la norma publicada en el Boletín Oficial.

Según sostuvo el oficialismo, para avanzar con el decreto el Gobierno se basó en una interpretación del texto del Artículo 68 de la Ley N° 8.706 de Administración Financiera que avalaría la operación.

En su demanda ante la Corte local, el Frente de Todos advierten que el decreto de Suarez “infringe groseramente el artículo 41 de la Constitución de la Provincia de Mendoza” y que “confunde, de manera totalmente intencionada, el verbo ‘refinanciar’ con el verbo ‘emitir’ nueva deuda pública, ya que no se modifican de ninguna manera las condiciones del endeudamiento ‘refinanciado’ con el acreedor”.

Además, los legisladores opositores consideran que el decreto tiene la “intención de justificar lo injustificable” y que por lo tanto “recurre al engaño terminológico para evitar la autorización de la Legislatura Provincial, prevista Constitucionalmente”.

Reclamo

En tanto, en la demanda solicitaron a la Corte que dicte una medida precautoria de no innovar y ordene al Ejecutivo provincial que se abstenga de ejecutar cualquier acto tendiente a la emisión de la deuda pública contemplada en el decreto que se impugna.

En noviembre pasado, la Fiscalía de Estado de Mendoza le dio un revés al Gobierno provincial al negarle la posibilidad de tomar nueva deuda para pagar vencimientos por vencer si pasar por la legislatura.

El rollover de deuda fue un problema en cada Presupuesto que intentó aprobar Suarez, ya que el peronismo se lo negó sistemáticamente, y para 2023 no fue la excepción.

En ese marco, el ministro de Hacienda provincial, Víctor Fayad, buscó evitar el paso legislativo y apeló a una interpretación de la Ley de Administración Financiera. Si bien Cambia Mendoza tiene mayoría en ambas cámaras, esta autorización requiere de los dos tercios de los votos, y por ende requiere aval del PJ.

Sin embargo, el fiscal de Estado, Fernando Simón, rechazó la posibilidad de que Suarez tome nueva deuda para hacer frente a los vencimientos de amortización de capital de los bonos Mendoza 2029, que tendrán lugar durante el año próximo.

En su dictamen el Fiscal de Estado Simón concluyó que la emisión de títulos públicos propuesta en el proyecto de Decreto no constituye, en su acepción estricta una “reestructuración” de la deuda pública provincial, no encontrándose por tanto encuadrada en la autorización permanente otorgada por el art. 68 de la Ley de Administración Financiera N° 8.706 para concretar operaciones de crédito público.

El organismo de control entiende que para realizar esta operatoria el Poder Ejecutivo requiere la previa autorización dada por Ley sancionada por la Legislatura con el voto de dos tercios de los miembros presentes de cada Cámara.